La Dirección de Control Urbano de la Municipalidad de Berisso informó que los permisos otorgados a los comercios habilitados a funcionar durante el aislamiento social y obligatorio se extienden hasta el 15 de abril inclusive.
Cabe recordar que, de acuerdo a la reglamentación vigente, los locales comerciales autorizados por el Gobierno Nacional a realizar su actividad comercial podrán funcionar desde las 7:00 hasta las 20:00 horas
Los rubros comerciales que se encuentran autorizados a continuar con sus actividades comerciales conforme el Artículo 6 inciso 11 del Decreto N° 297/ 20 del Gobierno Nacional son: supermercados, minimercados, autoservicio, despensa, kiosco, carnicería, pollería, verdulería, pescadería, fiambrería, venta de pastas frescas, dietéticas, panadería, confitería, venta al por mayor alimentos, ferretería, forrajearía, veterinaria, perfumería, pañalera, farmacia, venta al por mayor productos limpieza, venta al por menor artículos de limpieza, servicio de lavandería, venta de gas en garrafa, estación de servicio.
Desde el Municipio también establecieron que los locales comerciales, cuyo giro sea la venta de comidas elaboradas, podrán recibir pedidos y entregarlos mediante deliverys hasta las 23 horas y se prohibió el uso del salón comedor de los comercios gastronómicos.
En tanto, se facultó a la Dirección de Control Urbano a aplicar las sanciones comprendidas en la legislación a todos aquellos locales comerciales que incumplan con las medidas.
(Publicado el 31/03/2020)