Ellas escucharon al dictador afirmar ante la prensa que el desaparecido no está, no tiene entidad, no está vivo ni muerto, simplemente no existe. Cuando arribó la democracia debilitada un 10 de diciembre de 1983 en Argentina, ellas entendieron que sus desaparecidos y desaparecidas, esposos y esposas, hijos e hijas, hermanos y hermanas, todos ellos (todos nosotros) no desaparecerían mientras no cesara la búsqueda y no se resignara la lucha. Fue un grupo de madres y abuelas que ya en 1977 comprendió que la búsqueda de la verdad de sus desaparecidos no culminaba con aquellos que fueron brutal y cruelmente torturados y asesinados a lo largo y ancho de una América Latina hundida en el Operativo Cóndor, el plan de la muerte. La verdad estaba también en los desaparecidos con vida, aquellos hombres y mujeres nacidos y/o apropiados en los campos de concentración de la dictadura militar.
Hubo un plan sistemático de secuestro, tortura y exterminio de personas durante el último golpe cívico, eclesiástico, militar argentino, pero además hubo un plan complementario y sistemático de robo de bebés que son los desaparecidos vivos de la dictadura, los desaparecidos que caminan por nuestro mundo y que no saben, que tal vez nunca lo sepan.
El nacimiento del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) en Argentina fue un hecho histórico por sus objetivos que fueron, según la ley 23.511 publicada el 10 de julio de 1987, obtener y almacenar información genética que facilitaría la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación. Es decir, se dio creación a un organismo estatal cuyo objeto fue una herramienta esencial para garantizar el derecho a la identidad de todas las personas, incluidas las desaparecidas con vida en la dictadura. La prueba genética que otorga el BNDG es el medio más idóneo para probar el parentesco por consanguinidad de una persona con un grupo familiar. El BNDG es el guardián de las muestras genéticas de los familiares que buscan un desaparecido con vida. El llamado de la sangre de los familiares, de la derramada en los campos de concentración y de la que corre por las venas de los que no claudicaron sus esperanzas en encontrar a los suyos o que murieron sin resignarse, está en custodia de este organismo.
El BNDG nació como resultado de una lucha de aquellas madres y abuelas que encontraron en el ámbito de la genética una posibilidad de reencontrar a los suyos. Una posibilidad que se transformó en la manera en que el pueblo latinoamericano pudo empezar a reconocerse y a reencontrarse con su ser histórico y verdadero.
Con el tiempo las leyes de la impunidad del ex presidente argentino Carlos Menem que consagraron como “Obediencia Debida” y “Punto Final” la victoria transitoria de los represores y sus cómplices. La falta de investigación eficaz del Estado para responder a las denuncias de apropiación de niños y niñas durante la dictadura cuyas denuncias se encuentran plasmadas en los legajos de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) y que hasta la actualidad no se han investigado.
La derogación de las leyes menemistas y el comienzo de los juzgamientos de los represores y sus cómplices- colaboradores de la sociedad civil y eclesiástica marcó un punto de inflexión en la historia de los movimientos de derechos humanos en el país. La bandera de los desaparecidos pasó a ser parte de una agenda mediática y política partidaria que determinó el quiebre de muchas organizaciones y la división entre aquellas abuelas y madres que en plena dictadura iniciaron la resistencia y la lucha.
Mientras estos sucesos transformaban la realidad política argentina, el BNDG fue objeto de una transformación en el Congreso de la Nación. Por medio de la ley 26.548 publicada el 27 de noviembre de 2009, pasó de ser el garante del derecho a la identidad genética de todos, a limitarse a aquellas personas nacidas y/o registradas hasta el 10 de diciembre de 1983. Fue investido con la calidad de organismo dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación. Se estableció que el derecho a la identidad genética tiene un límite temporal y que los principales beneficiarios de la reforma son los laboratorios privados.
La desinformación de la información
Una persona que cree ser hijo o hija de desaparecidos solo puede acudir al BNDG por medio de un juez o de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi), organismo dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. La muestra genética que se otorgue será comparada con el universo de muestras custodiadas por el BNDG, que ascienden a 245 grupos familiares que buscan un desaparecido con vida. He aquí una de las mayores paradojas: los organismos y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación denuncian alrededor de 30.000 detenidos- desaparecidos y más de 400 nietos y nietas apropiados. Existen sólo 9.000 causas judiciales donde se investiga la desaparición de personas durante la dictadura de un total de 30.000, es decir, solo un tercio. Además, el BNDG solo custodia 247 muestras de grupos familiares cuando la búsqueda asciende a más de 400 personas desaparecidas con vida. El BNDG no está completo, no solo porque la mayoría de los familiares de desaparecidos entienden de manera errónea que si brindan su sangre en manos del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) contribuyen a un único banco de búsqueda. Además, porque no existe una política activa para la investigación de los nacimientos en maternidades clandestinas dentro de los campos de concentración, no se ha creado una base de datos de represores que torturaban por medio de la violación a las detenidas- desaparecidas ni se ha impulsado que todos los familiares de las víctimas brinden una muestra al BNDG ante la posibilidad de que las mujeres hayan estado embarazadas al momento de su secuestro o como resultado de la tortura de violación.
El dilema histórico respecto de las muestras se da en la existencia de dos bancos genéticos con naturaleza jurídica y finalidades distintas. El EAAF, organización no gubernamental, especializada y de una impecable trayectoria profesional. El trabajo de esta organización se centra en la identificación de restos óseos. Ha realizado una importante contribución en materia de identificación de personas detenidas- desaparecidas durante la dictadura militar argentina e interviene con sus profesionales en lugares donde se hallan fosas comunes y/o restos de personas que se presumen fueron víctimas del terrorismo de estado. EAAF posee la custodia física de los restos humanos encontrados y realiza un estudio genético para determinar si se trata de un desaparecido o desaparecida a través de la comparación con las muestras genéticas de sus familiares. Es decir, por medio de EAAF se contribuye a la investigación de los desaparecidos que fueron exterminados en los campos de concentración.
El BNDG es un organismo del estado nacional y ha custodiado desde sus inicios las muestras genéticas de familiares que buscan un desaparecido con vida. Permite la identificación de personas que buscan su identidad y a sus familiares.
Estos organismos, de naturaleza jurídica disímil, si bien contribuyen al esclarecimiento de los crímenes de la dictadura, no han concretado un trabajo en conjunto que permita articular acciones para lograr la completud del banco y/o la identificación de los restos NN en custodia de EAAF.
Desde la reforma del año 2009, el BNDG tiene como objeto no solo la identificación de los desaparecidos con vida sino también de los restos óseos. Cabe preguntar si la estrategia legislativa está orientada a absorber las funciones de EAAF en el ámbito del BNDG. De ser así, al tratarse de dos funciones muy diferentes, que utilizan técnicas de trabajo y tecnologías distintas, orientadas a su particular objeto de estudio y con profesionales de ramas disímiles, debe dirimirse si se trata de una estrategia que permitirá optimizar las investigaciones o solo cristaliza una acumulación de poder y la posibilidad de manipulación de los resultados de las investigaciones para fines políticos. Tanto EAAF como el BNDG son organismos de probada excelencia en sus respectivas funciones, lo que ha dado lugar al reconocimiento internacional no solo de los organismos sino también de los profesionales nucleados en ellos. Entonces, por qué el Estado ha propiciado una reforma que implica la posibilidad de este gobierno o cualquier otro en el futuro, de absorber las funciones de EAAF al mismo tiempo que establece el traslado del BNDG bajo la dependencia del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Un traslado que no solo es legal, sino también físico, ya que el BNDG será extraído de su lugar de funcionamiento habitual, que es el Hospital Carlos G. Durand de la Ciudad de Buenos Aires, lugar donde funcionó desde el 4 de julio de 1989 cuando se publicó el decreto 700/1989.
Incertidumbres y suspicacias en el traspaso
La mudanza de una dependencia del estado no suele generar demasiadas conjeturas. Sin embargo, cuando se habla del BNDG, se habla de la sangre de los más de 30.000 detenidos- desaparecidos durante la dictadura militar. Se habla, también, de los desaparecidos con vida, de las esperanzas de saber por dónde caminan y en qué lugar del mundo hay un espacio para la verdad. Ese espacio es, para muchos, el BNDG.
Durante el mes de noviembre de 2012 un doctor especializado en genómica humana caminaba por los pasillos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Hablaba de inversiones, de convenios con entidades de España, de proyectos que beneficiarían económicamente a la industria nacional y que podían realizarse en Argentina. Este doctor fue ungido como coordinador del BNDG y su nombre es Hernán Javier Dopazo. Las funciones que el Ministerio le otorgó, referentes al traspaso físico del BNDG, nada tuvieron que ver con sus acciones públicas. En sitios de internet, algunos familiares de desaparecidos alertaron acerca de la creación de un Instituto de Genómica Humana en el ámbito del BNDG, dirigido por el Dr. Dopazo. Este Instituto estaría en vías de desarrollar tareas de investigación en genómica humana y bioinformática en estrecha relación con el BNDG. En forma textual se expresa que “este nuevo instituto aprovechará la experiencia y la labor pionera del BNDG, fundado por Abuelas de Plaza de Mayo, para alojar un nuevo Banco Nacional de muestras físicas y digitales de ADN de la población argentina, dando cabida a proyectos de investigación en genómica para la salud” (sitio webwww.cipf.es ). La coordinación de traspaso del BNDG entendió pertinente anunciar la creación de un instituto por fuera del ámbito legal planteado para la existencia y funcionamiento del BNDG. Un instituto que “utilizaría” y “aprovecharía” la labor pionera del BNDG, es decir, los costosos equipos de avanzada tecnología con los que cuenta para la identificación de personas.
De manera intempestiva, a fines de mayo de este año, el Dr. Dopazo fue separado de su función de coordinador del BNDG y fueron nombrados los Dres. Víctor Penchaszadeh y Héctor Targovnik. El primero participó de la etapa fundacional del BNDG y ambos coordinarían el traspaso físico del mismo, habiendo participado de la Comisión Asesora que implementó la reglamentación de la ley 26.348 que regula a este organismo.
Derechos sin operatividad
En enero de 2013 el Poder Ejecutivo de la Nación publicó la reglamentación de la ley del BNDG por medio del Decreto 38/2013. Entre los procedimientos reglados se establece la ampliación de los archivos informáticos del BNDG para incluir las muestras en poder de EAAF tanto de los restos encontrados como de los familiares que dejaron su muestra genética para la identificación de los desaparecidos. Este artículo, tan esperado por quienes buscan su identidad y sus desaparecidos con vida, genera una resistencia y un debate profundo tanto para las organizaciones de derechos humanos como para el Poder Judicial que tiene la custodia legal los restos de los desaparecidos hallados. La ampliación de esta base datos permitirá ampliar y completar los grupos familiares que posee el BNDG, de esta manera se contribuirá a la investigación de más de 4000 jóvenes adultos, nacidos durante la dictadura que no saben su origen y que dieron negativo con el acotado universo de muestras existente en la actualidad. El Poder Judicial debe estar a la altura de las circunstancias para valorar el derecho a la identidad de este grupo de personas y permitir una reparación histórica en su vida familiar a todas las personas que buscan y que esperan ser encontradas. Sin embargo, desde la publicación de este reglamento aún no se ha procedido a concretar la ampliación de muestras genéticas del BNDG ni tampoco los jueces federales han tomado el toro por las astas.
A modo de conclusión
El BNDG es objeto de transformaciones con motivo (o con excusa) de la derogación de la ley que le dio origen y de la sanción de la ley 26.548. Estas modificaciones, desde su marco legal implican una violación al derecho a la identidad de todas las personas al haberse acotado su ámbito temporal de aplicación y beneficia de manera principal a los laboratorios privados, donde deberán acudir quienes nacieron y/o fueron registrados en fecha posterior al 10 de diciembre de 1983, límite arbitrario e irrazonable. El traslado de este organismo, no solo legal sino también físico, a la égida del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación productiva, ha llamado la atención en virtud del anuncio público de un funcionario nombrado como coordinador (por fuera del organigrama establecido en la ley y su reglamentación) acerca de la creación de un instituto de genómica humana en el marco del BNDG. El reemplazo de este coordinador por otros no cambia la necesidad y el derecho de saber la verdad acerca de la administración y gestión del BNDG que el Ministerio y, por ende, el estado Nacional pretende establecer. Este derecho de saber no es exclusivo de quienes han dejado su muestra genética en los diferentes bancos, ni siquiera de los familiares en búsqueda de sus desaparecidos. Es un derecho colectivo, de la sociedad en su conjunto, del reconocimiento que tiene este banco como resultado de una lucha social por la Verdad y la Justicia. Derechos que ninguna bandera o gestión política puede apropiar, transformar o destruir.