
El proyecto de “Modernización Laboral” modifica más de 20 leyes, crea un fondo de despidos financiado por las empresas, fija topes a las indemnizaciones, redefine servicios esenciales y establece reglas para repartidores de apps. La oposición advierte sobre un “retroceso histórico” en derechos.
El Poder Ejecutivo envió al Senado el proyecto de ley de “Modernización Laboral” que propone una transformación integral de las reglas del trabajo en la Argentina. La iniciativa, de casi 200 artículos y más de 100 páginas, modifica leyes fundamentales como la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) y la de Negociación Colectiva (14.250), e introduce nuevos regímenes para plataformas digitales, fondos de indemnización y una amplia batería de incentivos tributarios.
El núcleo de la reforma reside en una redefinición de las indemnizaciones por despido. El proyecto establece un tope máximo para el cálculo de la indemnización por antigüedad, que no podrá superar el triple del salario promedio del convenio colectivo aplicable, y en ningún caso ser inferior al 67% del salario del trabajador. Además, crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización individual financiado con una contribución obligatoria del 3% sobre los salarios, que las empresas podrán usar para pagar despidos. A cambio, los empleadores que lo implementen recibirán una reducción de 3 puntos porcentuales en las contribuciones patronales al sistema previsional.
Puntos clave del proyecto:
Nuevas reglas para despidos e indemnizaciones: Se unifica la fórmula de cálculo con topes basados en los convenios. Se promueve la extinción del vínculo por “voluntad concurrente” (mutuo acuerdo).
Fondo de Despidos (FAL): Las empresas aportarán el 3% de la nómina salarial a una cuenta individual inembargable, administrada por entidades privadas autorizadas por la CNV, para cubrir futuras indemnizaciones.
Flexibilización de la jornada y vacaciones: Permite acuerdos voluntarios de compensación de horas extras (como bancos de horas) y faculta al empleador a modificar modalidades de trabajo. Las vacaciones podrán fraccionarse y programarse en un período más amplio (octubre a abril).
Definición estricta de servicios esenciales: Enumera actividades como salud, energía, agua, transporte aéreo y puertos, y educación básica, donde los servicios mínimos en caso de huelga no podrán ser menores al 75% de la operación normal. Para actividades de “importancia trascendental” (como industria alimenticia, bancos, agro), el piso es del 50%. Crea una Comisión de Garantías para dirimir conflictos.
Régimen para plataformas digitales (repartidores): Reconoce expresamente a los repartidores de apps como «trabajadores independientes», no como asalariados. Las plataformas no tendrán responsabilidad laboral, pero deberán brindar seguros de accidentes y capacitación. Se garantiza la libertad del repartidor para conectarse, rechazar pedidos y recibir el 100% de las propinas.
Modificaciones sindicales: Limita el derecho de huelga, reglamenta la realización de asambleas en el lugar de trabajo (requiriendo autorización del empleador) y tipifica como “prácticas desleales” graves el bloqueo de establecimientos o el impedimento al ingreso de personal. Introduce sanciones económicas a los sindicatos por estas prácticas.
Incentivos masivos a la formalización: Crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que reduce alícuotas patronales a apenas 2% (para SIPA) y 3% (para obra social) por 48 meses para nuevas contrataciones. Además, lanza un programa de «blanqueo laboral» (Promoción del Empleo Registrado) con condonación de hasta el 70% de las deudas previsionales y la extinción de causas penales para quienes regularicen a sus empleados no registrados.
Beneficios tributarios para inversiones: Crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA para proyectos productivos. También elimina impuestos internos sobre seguros, telefonía celular y vehículos, y reduce las alícuotas del impuesto a las Ganancias para personas humanas.
Reacciones y controversia
El proyecto, presentado como una herramienta para “generar empleo formal, simplificar trámites y adaptar la legislación a la economía del siglo XXI”, ya generó un fuerte rechazo en la oposición y el movimiento sindical.
La CGT y las centrales sindicales lo calificaron de “contrarreforma laboral que precariza y desprotege a los trabajadores”. Cuestionan especialmente el tope a las indemnizaciones, el fondo de despidos que “privatiza” la responsabilidad empresarial, y las restricciones al derecho de huelga.
Desde la oposición señalaron que el proyecto “beneficia al empleador en detrimento del trabajador” y advirtieron que generará una mayor judicialización de los conflictos laborales.
12/12/2025