El gobierno bonaerense estableció pautas de prevención y acción frente al aumento de mosquitos

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Referentes de Epidemiología se reunieron con representantes de los municipios y elaboraron un comunicado que detalla los criterios de fumigación, prevención y control de vectores.


A partir de la invasión de los llamados “mosquitos de las inundaciones” y la presencia sostenida en todo el territorio bonaerenses de la especie Aedes aegypti, transmisor del dengue, el ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires realizó esta semana un encuentro con referentes sanitarios de los municipios y elaboró un comunicado en el que se explica cuáles son las medidas de prevención, control vectorial y los criterios adecuados para emplear fumigación según el contexto epidemiológico.

En el documento, que la cartera sanitaria elaboró para los 135 municipios bonaerenses, se detalla que “actualmente y hasta el día de la fecha, se ha confirmado en la provincia de Buenos Aires, la circulación viral autóctona de dengue en 23 municipios, junto con la permanente detección de casos importados” de virus dengue y de fiebre chikungunya.

En el comunicado dirigido a referentes de las Regiones Sanitarias y secretarías de Salud municipales se explicita también que “se suma a esta situación, la reemergencia de Encefalitis Equina del Oeste (EEO) con casos humanos positivos vinculados a ámbitos rurales de 40 municipios”.  Esta enfermedad es transmitida por el “mosquito de las inundaciones” o Aedes albifasciatus.

Cabe señalar que las zonas donde hay mayor cantidad de casos de dengue y las actualizaciones de EEO, se publican semanalmente en el Boletín Epidemiológico de la provincia de Buenos Aires, disponible en https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/boletines_epidemiologicos

La cartera sanitaria bonaerense explicó en el comunicado cuáles son los criterios para aplicarla. En este sentido, señala que la fumigación “constituye una medida de control químico destinada a eliminar mosquitos adultos que transmiten arbovirosis como dengue, zika y chikungunya bajo un estricto interés sanitario”, y agrega: “Debido a sus efectos adversos y al impacto negativo en la biodiversidad y en particular al efecto perjudicial que provoca en polinizadores y otras especies de insectos benéficos, su implementación siempre debe ser regulada por autoridades sanitarias”.

Cuándo fumigar

Por lo tanto, continúa el comunicado, “el ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires no indica la aplicación de fumigación como método preventivo, reservándose su uso para bloqueo de casos de dengue u otros arbovirus y para el control de brotes”.

Se aclara, asimismo, que la invasión de mosquitos Aedes albifasciatus de los últimos días, si bien genera incomodidad y picaduras en la población de varias ciudades bonaerenses no constituyen un riesgo sanitario. Sólo pueden constituirlo en zonas donde se detectan casos de Encefalitis Equina del Oeste (EEO).

Asimismo, el equipo de Epidemiología y Control de Vectores del ministerio de Salud bonaerense explicó que las poblaciones de mosquitos se recuperan rápidamente luego de la fumigación, por lo que cualquier acción de control químico que se establezca, debe estar acompañada de actividades de control focal (con aplicación de larvicidas) y de saneamiento ambiental o descacharrado.

La eficacia de la fumigación es reducida, dado que se estima que elimina aproximadamente un 30-40% de la población de mosquitos adultos, por este motivo debe repetirse cada 3 a 5 días, hasta que dejen de aparecer nuevos casos. A continuación se detallan los criterios de fumigación según el contexto epidemiológico:

En zonas brote de dengue u otro arbovirus

En las zonas con casos aislados de dengue se recomienda el bloqueo de cada caso sospechoso o confirmado de dengue. Esto implica fumigar en 300 metros a la redonda del domicilio del caso de modo intradomiciliario con equipo portátil (motomochila), así como también de todos los lugares que las personas afectadas visitaron durante el período de viremia.

Ante casos de Encefalitis Equina del Oeste (EEO) en humanos o caballos, la fumigación se encuentra sujeta a la evaluación local de acuerdo a las condiciones ambientales y la abundancia del vector en los predios en los que se detectaron las personas o animales afectados.

La fumigación con insecticidas sólo debe implementarse como una medida de control en los alrededores del establecimiento o en espacios verdes de centros urbanos donde se alojen equinos enfermos y donde se detecte una abundancia elevada de mosquitos para disminuir la población y, por consecuencia, el riesgo para otros equinos o para las personas que  trabajen o vivan en las inmediaciones.En caso de decidirse utilizar dicha medida, realizarla con permetrina al 10%.

En zonas CON brote de dengue u otro arbovirus

En las zonas con brote de dengue se requiere implementar un conjunto de acciones de control vectorial de amplia cobertura, sosteniéndolas en el tiempo para el logro de una mayor eficacia. En municipios cuyos barrios presenten evidencia de circulación viral intensa, deben establecer las áreas a tratar con rociado espacial a través de equipamiento pesado montado en vehículos. Para la priorización de barrios, se sugiere considerar a aquellos con:

– Alta densidad poblacional.
– Trazado de calles que permita cumplir con la aplicación con vehículos.
– Brotes de dengue recurrentes en anteriores temporadas.
– Alta movilidad o circulación de personas.

La aplicación de fumigación de modo intradomiciliario con equipo portátil (motomochila), se reservará sólo para los sitios de difícil acceso con vehículos.

Se debe tener presente que para que la fumigación sea efectiva, se debe realizar en la franja horaria en la que el mosquito presenta mayor actividad y las condiciones atmosféricas son óptimas, es decir, durante las primeras horas de la mañana (aproximadamente de 6 a 9 horas) y en las últimas horas de la tarde (de 18 a 21 horas).

Finalmente, el comunicado del ministerio de Salud bonaerense para los municipios ofrece apoyo para acciones de control vectorial con fumigación. Quienes lo requieran deben contactarse con el Departamento de Control de Vectores y Plagas del ministerio a través del correo: direcciondesaneamiento@ms.gba.gov.ar o al teléfono 0221-482-3580.

23/02/2024

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