(Sala de Prensa) Hoy se publicará en el Boletín Oficial la Resolución 3432 con el nuevo marco regulatorio para la transferencia de jugadores. La norma, en principio, se aplicará a los clubes de la Primera A y el Nacional B. Los derechos federativos y económicos de los jugadores pertenecerán a los clubes.
En conferencia de prensa realizada en la sede de la Administración Federal de Ingrsos Públics (AFIP), Ricardo Echegaray puntualizó que todas las transferencias de futbolistas deberán realizarse, a partir de la publicación de la Resolución 3432, a través de una “cuenta bancaria especial” a nombre del club de fútbol involucrado en la operación. La norma, en principio, se aplicará a los clubes de la Primera A y el Nacional B. Luego se incorporarán otras categorías y otros deportes, como el Basquet, destacó.
“El objetivo de la normativa es revertir completamente la situación del fútbol actual, donde los clubes están sometidos a los hombres de negocios y los representantes”, dijo el funcionario y añadió que “queremos que los clubes sean los grandes protagonistas”.
Afirmó que a los fines fiscales, los derechos federativos y económicos de los jugadores estarán en cabeza de los clubes, que actuarán como agentes de retención del Impuesto a las Ganancias en las operaciones de transferencia de jugadores. «La totalidad de la transferencia se hará de manera bancaria del club para asegurar la transparencia de la operación», insistió Echegaray.
Además la resolución crea un registro para los hombres de negocios del fútbol o inversores, y otro para los representantes de jugadores, con el propósito de controlar si su estado fiscal es compatible con los negocios que realizan. En el registro deberán informar los nombres de los deportistas que representan y las remuneraciones obtenidas, y adjuntar los contratos.
El administrador federal indicó que la normativa busca “sanear” al mercado del fútbol evitando la evasión impositiva, y remarcó que el hecho de que los derechos económicos queden en cabeza de los clubes significa que el pago de la transferencia se haga a través de ellos. “Los fondos deben pasar sí o sí por la institución deportiva”, destacó.
Asimismo explicó que todas las operaciones deberán ser bancarizadas en una cuenta especial que deberán tener cada uno de los clubes del fútbol.
La “bancarización absoluta” de esas operaciones ayudará, entre otras cosas, a evitar el lavado de dinero, así como el estado de “casi esclavitud” en el cual, merced a determinados contratos, quedan atrapados los jugadores, expresó Echegaray. “Nos encontramos –ahondó- con situaciones de esclavitud del siglo XXI, donde inversores pasaban a ser dueños de un jugador y se quedaban con la ganancia y la decisión de lo que hacía esa persona, muchas veces menor de edad”.
Sostuvo que quienes quieran invertir en jugadores tendrán que inscribirse en la AFIP, y que “si el hombre de negocios no está inscripto se le hará la retención máxima, del 35% sobre el 90% de la operación». En cambio, si el inversor está inscripto, la retención será del 17,5 por ciento. En caso de detectarse operaciones no compatibles, se retirará el CUIT a los responsables.
Por otra parte, anunció que la AFIP determinará «valores de referencia de la transferencia en función del valor del mercado», que tendrá «carácter presuntivo»; y todas las operaciones serán observadas, afirmó, «con una lupa».
Señaló que “en el futbol hay una renta importante potencial que recaudar”, y enfatizó que en 2013 la AFIP “va a tomar todo los recaudos para poder lograr que paguen impuestos los que más ganan, y sobre todo en sectores donde hay rentas ocultas”.
“Tenemos hombres de negocios con mucho poder económico, y clubes de futbol empobrecidos”, consideró y agregó que ese “poder económico muchas veces termina condicionando el poder de la política deportiva”.
Echegaray manifestó que mientras que la Argentina es el primer o segundo país exportador de jugadores de futbol, “nuestros clubes no transitan por la situación económica que deberían”. “El objetivo -precisó- es que tengamos clubes que sean compatibles con el nivel de producción de jugadores que tiene el país”.
“Con esta Resolución apuntamos a la transparencia a los fines estrictamente fiscales, y creemos que habrá un impacto muy positivo sobre la actividad deportiva y en los clubes de fútbol”, evaluó y resaltó que va a permitir, además, “ayudar al socio para conocer qué es lo que está pasando con el semillero del club”.
Los registros
El titular de la AFIP resumió que la normativa plantea dos registros: Por un lado estarán los hombres de negocios del fútbol, que son aquellos que invierten en derechos económicos de jugadores y luego obtienen una ganancia cuando se efectúa la transferencia.
En el segundo registro estarán los representantes, que son los contribuyentes que perciben una remuneración que se calcula en función al importe de la transferencia, prima, premio y sueldo del jugador.
En el caso de los “hombres de negocios”, cuando se concrete una transferencia, el club podrá consultar –vía web y con Clave Fiscal– si el contribuyente tiene una situación fiscal compatible con la realidad económica de sus operaciones. En caso de ser negativa o que su nombre no figure en la lista, o no haya declarado la inversión en el jugador que se transfiere, la institución deportiva deberá efectuar la máxima retención de Impuesto a las Ganancias – equivalente al 35% del 90% de la operación. En cambio, si figura en el listado y declaró al jugador transferido, la retención será del 17,5 por ciento.
La norma faculta a la AFIP a tomar un valor de referencia sobre las operaciones de compra-venta de futbolistas. “Esto significa que cuando se advierta un precio de transferencia que no sea razonable, el organismo podrá determinar un valor en base a los precios del mercado”, sentenció Echegaray y agregó que la AFIP podrá cancelar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a los “hombres de negocios” involucrados en las operaciones.
En cuanto al registro de representantes, la AFIP tendrá una base de datos dinámica con el listado incluyendo el detalle de los jugadores que representa, la fecha y cuánto cobra por esa tarea. A fines fiscales, el monto declarado no podrá ser inferior al 10% del valor de las operaciones de transferencia de los jugadores representados y de los montos que los jugadores perciben de los clubes (sueldo, prima y premio).
Echegaray explicó que actualmente la normativa obliga a los clubes a informar a la AFIP (a través de AFA) los representantes que tienen los jugadores en sus equipos. Ahora se le suma la información que suministra el mismo representante.