Daniel Cecchini
Director periodístico de Miradas al Sur
Luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en contra de la reforma del Consejo de la Magistratura, el tema político clave que queda en manos del máximo tribunal es tratar los recursos extraordinarios presentados –por separado– por el Estado Nacional, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Cablevisión S.A, y el Grupo Clarín sobre la constitucionalidad de los artículos 45 y 48 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que limitan la cantidad y concentración de las licencias de televisión por cable, así como el plazo de adecuación de las empresas a lo dispuesto por la ley. Como ya se ha señalado en Miradas al Sur, estos dos artículos afectan de manera sensible el negocio que genera la mayor fuente de ingresos con que hoy cuenta el Grupo Clarín, el multimedios más concentrado de la Argentina y el único que no ha presentado el plan de adecuación en el plazo establecido por la ley.
A esta altura, cualquier especulación sobre en qué sentido se pronunciarán los jueces supremos sería irresponsablemente arriesgada. Mientras tanto, en las oficinas legales y ejecutivas del Grupo Clarín se estudian diversas alternativas para enfrentar la contingencia de un fallo adverso a sus intereses. En el plano comunicacional, la estrategia está clara. Si la Corte se pronuncia por la constitucionalidad de esos dos artículos que hacen a una de las cuestiones de fondo de la ley, el multimedios y sus voceros políticos apuntarán hacia el mismo lugar sobre el mismo lugar al que vienen disparando cada vez que se encuentran con una situación judicial contraria a sus intereses: será un nuevo atropello contra la libertad de expresión en la Argentina.
Para saber de qué se está hablando, conviene recordar lo que legislan los dos artículos hoy en disputa. El 45 se refiere a la “multiplicidad de licencias”, y dispone que “a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”. En el orden nacional legisla que una persona “de existencia visible o ideal” podrá ser titular de “una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital” y que la titularidad de esa licencia por suscripción “excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual”. También se podrá tener la titularidad de “hasta diez licencias de servicios de comunicación audiovisual más la titularidad del registro de una señal de contenidos, cuando se trate de servicios de radiodifusión sonora, de radiodifusión televisiva abierta y de radiodifusión televisiva por suscripción con uso de espectro radioeléctrico”.
El artículo 48 se refiere a las “prácticas de concentración indebida” y dispone: “Previo a la adjudicación de licencias o a la autorización para la cesión de acciones o cuotas partes, se deberá verificar la existencia de vínculos societarios que exhiban procesos de integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social”. Asimismo, establece que “el régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta ley no podrá alegarse como derecho adquirido frente a las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan por la presente o en el futuro”. Considera también “incompatible la titularidad de licencias de distintas clases de servicios entre sí cuando no den cumplimiento a los límites establecidos” por la norma en los artículos 45, 46 y concordantes.
Los planes del grupo. Más allá de esperar que los jueces de la corte se pronuncien por la inconstitucionalidad de esos dos artículos, Clarín prepara –para el caso de un fallo adverso– toda una ingeniería societaria que le permita poner en duda a quién pertenecen los activos, para que no queden contemplados por la ley. Una de las alternativas es aumentar las inversiones en Fibertel, transfiriendo algunos de los activos que están en cuestión. “Actualmente, la caducidad de Fibertel está muy judicializada y no sería extraño que quisieran ir hacia ahí, para así seguir judicializando el tema con pedidos de amparo sobre los activos de la empresa”, explicó a Miradas al Sur una fuente cercana a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Otra alternativa que tiene en carpeta el Grupo –y que no excluye a la anterior– es protegerse con la llamada Ley para la Defensa de la Libertad de Expresión impulsada por Mauricio Macri y aprobada por la Legislatura porteña a fines del mes pasado, con los votos del macrismo, el peronismo opositor, la Coalición Cívica y Proyecto Sur. Como ya informó Miradas al Sur el mes pasado, el decreto de necesidad y urgencia con que el jefe de Gobierno porteño primereó para luego presentar el proyecto de ley en la Legislatura fue redactado en diciembre del año pasado con la colaboración de abogados del Grupo Clarín para que contemplara sus intereses. La ley que finalmente se votó terminó siendo un mamarracho jurídico, ya que pone a la Ciudad de Buenos Aires y a la Justicia local por encima del Estado Nacional y viola cinco artículos de la Constitución Nacional. “Es una ley que se podría calificar de subversiva”, dijo a este dominical la misma fuente cercana a la Afsca. Como la sede de las empresas del Grupo Clarín está en la Ciudad Autónoma, el refugio en esa cuestionada norma local le permitiría al multimedios mantener judicializado el tema apelando a una cuestión de competencia.
A estas horas también es un interrogante en qué momento la Corte se pronunciará sobre los recursos extraordinarios presentados por las partes. De todos modos, un fallo de diciembre último permite suponer que no demorará mucho tiempo en resolver sobre el tema. A fin del año pasado, el pronunciamiento del máximo tribunal en contra de la utilización de las medidas cautelares como maniobras dilatorias fue claro y enérgico, por lo que no deberían contradecirse postergando su propio pronunciamiento.