Dilemas sobre la participación de los trabajadores en las ganancias

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Osvaldo Drozd

Cuando en septiembre del año pasado, se presentara el proyecto del Doctor Héctor Recalde, para la aplicación del Artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que permitiría implementar entre otras cosas la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas, el que escribe consideró a la iniciativa como una muy buena propuesta, no solamente por el punto antedicho, sino porque el artículo además plantea cuestiones muy importantes para el movimiento obrero como lo son el control de la producción y colaboración en la dirección de la empresa, las buenas condiciones de trabajo, además de la organización sindical libre y democrática reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

El artículo a su vez si se lo ve, plantea cuestiones referidas a la protección estatal, que muchas de ellas vienen siendo política prioritaria del Ministerio de Trabajo desde el año 2003, como lo es por ejemplo la garantía de concertar convenios colectivos, derecho de huelga, conciliación y arbitraje.

Tras el discurso de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el martes en el acto de cierre de la Conferencia Anual de la UIA, ayer casi todos los medios hicieron de las palabras de ella, casi una afirmación como que le dijo NO al proyecto de coparticipar ganancias, enrostrándoselo en primer lugar al líder cegetista Hugo Moyano. Pero si se escucha o se lee de manera apresurada el discurso de la primer mandataria, tal vez se pueda incurrir en el error que subrayan dichos medios, pero si le damos una vuelta de tuerca a sus enunciados, podríamos observar que lo que está cuestionando es principalmente tanto el método como los canales de implementación del mismo.

“Si la economía pudiera regirse por leyes sancionadas por el Parlamento, no tendríamos necesidad de tener una UIA ni una CGT” señaló Cristina para luego agregar que “la economía realmente se rige por otras leyes, pero fundamentalmente el modelo, este modelo, se ha regido por algo que ha sido muy virtuoso, que ha sido el acuerdo entre los trabajadores y los empresarios en convenciones colectivas que implican no solamente cuestiones salariales sino también condiciones laborales, que también tienen un fuerte impacto económico, porque algunos miden solamente salarios, pero determinadas condiciones laborales también implican un determinado costo al sector empresario que debe ser merituado en el marco de lo que es la administración de una empresa

Hace tiempo que uno no lee, ni tampoco escucha, pareciera haber pasado de moda, decir que entre las luchas sindical y política existe una diferencia, que en algún momento podría sintetizarse, a saber, cuando el reclamo sindical da un salto a la acción política, cuando intenta inscribirse en la esfera institucional, para convertirse en algo que concierne a todos. Si uno se detiene en el discurso de la presidenta se podría deducir que de esa diferencia se trata, y de que actitud debe tomar una gestión que no se plantea ni como representación de los trabajadores ni tampoco de los empresarios, sino como un punto de equilibrio, y a la vez escindido de diferentes intereses corporativos, que por serlos, no debieran dejar de lado sus iniciativas gremiales, pero precisando mejor quien es el interlocutor de ello.

Cristina en el discurso felicitó a los empresarios y trabajadores que ya están repartiendo ganancias “Yo sinceramente creo que aquellos empresarios, de hecho ya hay empresas que lo están haciendo, que han acordado con sus trabajadores distribuir las utilidades, me parece muy bien, estoy muy de acuerdo porque creo que los trabajadores que participan en las utilidades defienden más a la empresa, se ponen la camiseta, creo que es muy bueno, pero eso es una cosa que tienen que decidir entre los empresarios y los trabajadores, no la puede imponer el Estado por la fuerza a través del Parlamento, imposible hacerlo en otro ámbito que no sea el Parlamento por otra parte” dejando entrever que esto no puede ser el resultado de un DNU.

El Artículo 14 Bis data del año 1957 y no es más que un fragmento residual de la Constitución peronista del ´49, que planteaba muchas cosas más, a pesar de lo progresivo de lo del ´57, y habría que precisar que era el resultado de luchas obreras dadas por décadas, contra los patrones. Cristina lo expresó concretamente, aseverando que entre trabajadores y empresarios deben dirimir sus pujas en el territorio correspondiente, además de que hoy el Estado garantiza que ello sea posible. Si se desplaza el eje del reclamo sin dudas se entra en una cierta politización donde el reclamo pasa a ser a una instancia diferente de la cual debiera ser. Tal vez habría que aplicar también el 14 bis en asuntos como el de la libertad sindical, para que los trabajadores tengan nuevas herramientas organizacionales que no solamente se preocupen de los salarios de una fracción de la clase trabajadora, sino para pelear por una equiparación del conjunto, y ser capaces de dar respuesta a las diferentes reivindicaciones de toda la clase obrera, para que ella pueda pivotear el crecimiento económico integral y armónico de un país que intenta con fuerza emerger del atraso y la dependencia.

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